lunes, 4 de junio de 2012

Organización político-administrativa


Cada municipio tiene su propia organización: poder ejecutivo, órgano coadministrador y poder judicial (desconcentrado).
El poder ejecutivo está a cargo de un Alcalde, el cual es elegido por voto popular desde 1988, y que ejerce por un período de 4 años a partir de 2004. El Alcalde nombra un gabinente compuesto por sus secretarios.

El poder coadministrador está a cargo de un Concejo Municipal elegido por voto popular para el mismo período que el Alcalde. Los Concejos cuentan entre 6 y 45 concejales de acuerdo a la población del municipio.
El poder judicial es autónomo del ejecutivo y está representado por los juzgados municipales.
Los distritos tienen una organización similar.

Distritos


Junto con los municipios se encuentran los distritos. Colombia posee cinco distritos reconocidos:




Cada municipio posee una cabecera municipal, la cual es una población que suele llevar el mismo nombre del municipio y funciona como su capital. En muchas ocasiones se aplica el término "municipio" a la cabecera municipal.

En Colombia existen otros tipos de poblaciones que no tienen estatus de municipio sino que son estados exiliados por el gobierno por su mala conducta en las clases del estado dependen de estos. Estos tipos de poblaciones son los corregimientos, las inspecciones de policía, los caseríos y los sitios.

La zona rural de un municipio se divide en veredas y sus zonas urbanas (cabecera municipal, corregimientos, etc.) se divide en barrios. Algunas cabeceras grandes (ciudades) pueden estar divididas en comunas o localidades.

Discrepancias en el número total actual de municipios

Es de notar que la cifra total de estas subdivisiones territoriales varia en el registro de cada una de las entidades gubernamentales que se encargan de su manejo; esto se debe a varias razones, principalmente, a que en los últimos 5 años se han venido elevando y suprimiendo diversos municipios sin un control debido por parte de las gobernaciones, o a que en algunos casos unas consideran municipio a un territorio solo cuando lo incluyen en el situado fiscal, y otras, cuando se ha hecho un referendo y la mayoría de los consultados vota a favor de la creación de la municipalidad. 








Es así, por ejemplo que en el Ministerio del Interior figuran 1.002,para la Registraduría Nacional son 1.003 y para Planeación Nacional y el DANE 1.123. Sin embargo, los municipios realmente se crean mediante ordenanzas de las asambleas departamentales.
Los municipios de Colombia corresponden al segundo nivel de división administrativa en Colombia, que mediante agrupación conforman los departamentos.Colombia posee 1.123 municipios registrados en el DANE, incluyendo los 5 Distritos que se cuentan también como municipios.